¡Venga! ¡Una buena noticia!
La directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo obliga a los bancos españoles a reducir y anular, según el plazo, las comisiones por amortización anticipada tanto parcial como total de las hipotecas.
Para amortizaciones durante los primeros tres años, la comisión máxima a aplicar será de 0,50% (contemplado ahora para los primeros cinco años).
Amortizar del tercer al quinto año tendrá una comisión máxima del 0,25%, y a partir del sexto año no podrán aplicarse comisiones por amortización, ni total, ni parcial.
Recordemos que estos porcentajes son máximos, es decir, que se pueden pactar comisiones inferiores con el banco.
Lo mejor es que estas condiciones serán de aplicación con carácter retroactivo, y podrán ser utilizadas como referencias máximas para las hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la norma, que forma parte del anteproyecto de la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que el Ministerio de Economía ha sacado a consulta pública hasta el 15 de septiembre.
Para ello falta que se forme gobierno, que se publique en el BOE y que pasen seis meses desde entonces.
Paciencia, pues. ¡Merecerá la pena!
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Fotografía de Mari Helin-Tuominen